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Sí hay cosa juzgada sobre AOE

Ex titular del TC, Javier Alva Orlandini, señaló que la sentencia del 2006 es clara y precisa. Y no es verdad que no se haya tocado el tema de fondo, porque en ella se indica que, tras hacer las consultas, el Anticonceptivo Oral de Emergencia no es abortivo.

Por todo ello, esta nueva sentencia es contradictoria. Y es contradictoria no solo con la sentencia anterior, sino es contradictoria en sí misma, porque si –como señala– la Píldora del Día Siguiente tuviese carácter abortivo, ¿por qué se prohíbe que sea entregado gratuitamente a la gente pobre pero no se prohíbe su comercialización en las boticas y farmacias?

En mi opinión, la sentencia del 2006 –que ordena al Ministerio de Salud cumplir con la entrega del AOE a la población– determina que haya cosas juzgada precisamente en que el Estado debe cumplir con entregar gratuitamente la Píldora del Día Siguiente. Ahora, queda el camino de acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que plantearía la demanda correspondiente ante la Corte.

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