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Piden que el fuero militar juzgue a espía

+Elegía-Politik+"Economía-Política"

Aclaración. Especialistas señalan que es competencia militar y no civil. Alva Orlandini y Jorge Montoya explican que delito fue cometido en ejercicio de función castrense, y reclaman severidad en sanción.

El ex presidente del Tribunal Constitucional (TC), Javier Alva Orlandini, y el ex jefe del Comando Conjunto de la Fuerza Armada, vicealmirante (r) Jorge Montoya, convinieron en que a la justicia militar debería juzgar al suboficial Víctor Ariza Mendoza, acusado de espionaje para favorecer a Chile.

Alva Orlandini precisó que ese fuero debe tomar el caso porque Ariza cometió el delito de espionaje en plena función castrense. No descartó, sin embargo, que el Tribunal Constitucional eventualmente sea la institución llamada a determinar la competencia final en esta disputa.

Por su parte, Montoya dijo que al suboficial debe caerle todo el peso de la ley mediante la justicia castrense. Recordó que la pena por traición a la patria en ese fuero no puede ser menor de 20 años y llega a la cadena perpetua, mientras que en el civil es no menor de 15 años y no hay cadena perpetua.

Añadió que le corresponderá al Tribunal Militar Policial tramitar una contienda de competencia. En tanto, el comandante general del Ejército, Otto Guibovich, también pidió a las autoridades que juzguen con severidad a la persona que le ha generado un mal rato a toda la nación.

“No solo traicionó a las Fuerzas Armadas y la Fuerza Aérea (del Perú), sino a todo el país”, puntualizó Guibovich. En esa línea, dijo esperar que las investigaciones a manos de la justicia concluyan rápidamente, para que se aplique la ley.

Asimismo, aclaró que la propuesta del presidente Alan García para limitar el armamentismo en la región no significa un retroceso en el equipamiento de las Fuerzas Armadas del país.

Datos

Severidad. Por su parte, el congresista Luis Negreiros reclamó por un sinceramiento en el debate con Chile. ”Debemos dejarnos de eufemismos y medias palabras”, señaló el presidente de la comisión de Defensa del Congreso.

No aislado. Según Negreiros, el caso del espía peruano no se puede ver como un caso aislado mientras no se aclaren las connotaciones políticas que tiene, y destacó el regreso anticipado del presidente.

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1 Comment:

  1. Angel Andres Arbañil Villar said...
    CASO ARIZA

    El fuero que debe encargarse de juzgar a Ariza Mendoza es sin lugar a dudas el Militar, según la jurisprudencia del TC Exp. Nº 00017-2003-AI, 16.03-04, para que efectivamente pueda considerarse un ilícito como de “función” o “militar”, es preciso que el militar haya infringido un deber que le corresponda en cuanto tal; es decir que se trate de la infracción de una obligación funcional, por la cual el efectivo estaba constreñido a mantener, o a realizar, o no realizar, un comportamiento a favor de la satisfacción de un interés considerado institucionalmente como valioso por la Ley, ademas la forma y modo de su comisión debe ser incompatible con los principios y valores consagrados en el texto fundamental de la Republica. Por otro lado el sujeto activo del ìlicito penal-militar debe ser un militar en situaciòn de actividad, o el ìlicito debe ser cometido por ese efectivo cuando se encontraba en situaciòn de actividad en este caso Ariza encaja perfectamente en esta figura,y por lo señalado a la jueza Saquicuray no le queda mas que cumplir con la Ley y remitir en lo inmediato todo el expediente ARIZA al fuero militar, por el bien del pais, del estado de derecho, por economia procesal y por ser un asunto de interes nacional y tratado con la reserva del caso.

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